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«La impunidad en nuestro país solo puede ser vencida de dos maneras: con apoyo del propio Estado, como ocurrió con los delitos de lesa humanidad, a partir de que fue incluida en la agenda del kirchnerismo o cuando, detrás del magistrado, hay un apoyo militante de la sociedad que reivindica una causa como objetivo propio»

Domingo 11 de marzo de 2012 | Publicado en edición impresa

Entrevista con Antonio Gustavo Gómez

 

«Hay impunidaden materia de contaminación»

 

El fiscal general de Tucumán explica por qué cree que detrás de cada delito ambiental hay un funcionario corrupto y revela datos estremecedores: la tasa de jóvenes muertos de cáncer supera la media mundial en Andalgalá, el pueblo catamarqueño que se alzó contra la contaminación minera

 

Por Laura Di Marco  | L

Qué margen tiene un fiscal hoy, en la Argentina, para investigar seriamente al poder? «Ninguno; absolutamente ninguno», fue la inquietante respuesta del fiscal general de Tucumán, Antonio Gustavo Gómez, cuyo cargo es uno de los más importantes en la justicia federal del Norte.

«La impunidad en nuestro país solo puede ser vencida de dos maneras: con apoyo del propio Estado, como ocurrió con los delitos de lesa humanidad, a partir de que fue incluida en la agenda del kirchnerismo o cuando, detrás del magistrado, hay un apoyo militante de la sociedad que reivindica una causa como objetivo propio», relata a LA NACION este fiscal, que nació en Puerto Deseado hace 52 años, y que se ha ido transformando en una suerte de emblema para los ambientalistas de Andalgalá, aquellos que militan en contra del megaproyecto minero que explota la empresa Bajo La Alumbrera.

Ocurre que Gómez se especializa en derecho penal ambiental y, desde que llegó al Norte -donde, según dice, «hay delito ambiental para hacer dulce»- abrió más de 80 causas, entre ellas una contra un alto ejecutivo de la empresa que explota Bajo La Alumbrera, el megaproyecto minero que, hace menos de un mes, fue blanco de furiosas protestas.

Para pesadilla de muchos, desde que llegó a Tucumán, en 2001, puso en la mira de sus investigaciones a ingenios, citrícolas, papeleras, recolectoras de residuos, frigoríficos. Procesó, además, a autoridades públicas por su complicidad en la contaminación, ya que una de sus máximas jurídicas sostiene que «detrás de cada delito ambiental, no hay desidia, ni distracción sino un funcionario corrupto».

Pero a Gómez no parece bastarle con investigar a quienes dañan al ecosistema. Hace tiempo que viene poniendo el ojo, también, en delitos económicos complejos, como el contrabando y la evasión tributaria en materia sojera, desde que el Norte se convirtió en tierra fértil para el «yuyo maldito». Lo explica: «Hay grandes multinacionales que bajan a Tucumán, con maletines llenos de dinero -los tienen escaneados, según cuenta- para comprarles a productores que, en su gran mayoría, trabaja en negro. Y como el exportador necesita una factura, es allí cuando aparecen empresas falsas, vendiendo facturas truchas. Desmontamos varias de estas redes», relata.

La corrupción dentro de la propia administración de Justicia es otra de sus acciones fuertes. Y da un ejemplo impresionante: «Hemos tenido el caso de un juez del tribunal oral federal de Salta que fue sorprendido en conversaciones telefónicas con los narcos, que negociaban su libertad a cambio de dinero».

En el marco de una gira por Europa y Estados Unidos, que empezó la semana pasada y durará un mes, dará una serie de conferencias relacionadas con su expertise. En los próximos días, por ejemplo, hablará ante la Comisión Interamericana de Derechos humanos, donde expondrá un caso de contaminación ocurrido en Abrapampa, Jujuy, donde el 82 por ciento de los chicos recibieron contaminación con plomo que deriva en graves discapacidades mentales. Habían instalado, en el medio de la ciudad, un campo de residuos de plomo. La empresa había abandonado el lugar, después de quebrar, y nadie más se había ocupado del asunto.

«Voy a utilizar el caso como prueba de la impunidad que existe en materia de contaminación en la Argentina», avisa.

-Le han hecho fama de fiscal antimegaminería, ¿compra ese rol?

-No me considero antimegaminería. No estoy en contra de la minería ni mucho menos. Estoy en contra de los delitos que se cometen en nombre de la minería, que es muy distinto, y en contra, también, de la explotación minera irracional y sin controles estatales.

Es cierto que soy un fiscal federal que trata de hacer su trabajo en materia de delitos ambientales -agrotóxicos, vinaza, residuos radiactivos- y probablemente me destaco porque, en el país de los ciegos, el tuerto es rey. No hay fiscales federales preocupados en capacitarse y avanzar en materia de delitos ambientales. Mi interés por la justicia ambiental empezó cuando me nombraron fiscal federal en Chubut. Entonces, abrí una causa penal que alcanzó mucha difusión, la de un empetrolamiento de 17.000 pingüinos, en 1991. El reclamo internacional por el daño ambiental y la ineficacia de las normas administrativas para tratar el tema me convencieron, finalmente, de que la única herramienta es el derecho penal ambiental.

-¿Qué presiones se enfrentan cuando se investigan delitos ambientales?

-Detrás de cada delito ambiental no hay ni distracción ni desidia, sino un funcionario corrupto, por lo que en Tucumán hubo algunas condenas a intendentes y a empresarios cómplices por ese delito. Perseguimos al contaminador, pero también al funcionario que le ha permitido contaminar. Hemos iniciado causas de oficio y alentamos a la gente para que participe y haga denuncias (la página para hacerlo es www.fiscaliagratucuman.gov.ar )

La realidad es que, cuando investigamos un delito ambiental, la mayor presión que recibimos es del propio Estado. Y no sólo no reclama indemnizaciones -porque, sin duda, los más afectados por la contaminación siempre son los más pobres, que se atienden en hospitales públicos-, sino que es cómplice. Y lo peor: combate a quienes investigan.

-Hace unos meses, sin embargo, el gobernador de Santiago del Estero se convirtió en querellante ante la contaminación que, al parecer, está afectando a las Termas de Río Hondo.

-Sí, Zamora se constituyó en querellante porque las termas están afectadas, entre otras cosas por el megaproyecto de Minera La Alumbrera, y puede afectar al turismo. En las termas hay metales pesados, algunos incluso radiactivos, que en las aguas generan enfermedades. No sucedió así, sin embargo, con el gobernador Alperovich (de Tucumán), que empezó con una demanda por contaminación, hasta que La Alumbrera construyó el hospital de Niños en la provincia. Sucede que el poder económico tiene la capacidad de comprar al poder político, y difícilmente ocurre al revés, por eso es mucho más difícil investigarlo y lograr condenas. El poder económico puede comprar con mucha facilidad al Poder Judicial, o puede presionar al poder político para designaciones en el poder judicial. En la juridiscción mía, Catamarca, Santiago del Estero y Tucumán, los jueces de primera instancia son suplentes, desginados a dedo por el oficialismo. Eso hace que no tengamos una administración de Justicia realmente independiente.

-La protesta de los vecinos y asambleístas de Andalgalá se basa en que el megaproyecto minero afecta la salud de la gente; sin embargo, la empresa que explota el yacimiento, Xstrata Copper, argumentó que no usa cianuro en la producción de oro y, además, mostró estudios realizados por médicos prestigiosos como Daniel Stamboulián, titular de Funcei, cuya conclusión es que la minera no afecta el medioambiente. ¿Qué argumentos tiene usted para sostener lo contrario?

-En materia de minería, Andalgalá es una de las ciudades mas afectadas por la cercanía de un megaproyecto minero con las consiguientes consecuencias ambientales dañinas que ello conlleva. Y además, gracias a los avances tecnológicos, ya no están aislados: cuentan con información, tanto para darla como para recibirla.

Por otro lado, le digo que sí tiran cianuro y lo dice la misma empresa en un informe de impacto ambiental, presentado en junio de 2006, cuyo análisis fue realizado por el Instituto Nacional del Agua (Ina). Esto, creo ya, da por tierra esa discusión. Además, existen estudios que revelan datos inquietantes: que la tasa de jóvenes muertos de cáncer supera la media mundial en Andalgalá. El doctor Luis Alberto Flores, del hospital zonal, realizó, junto a un grupo de especialistas, un trabajo de investigación ante el aumento de casos de niños y niñas con cáncer, y la muerte de jóvenes por esta enfermedad. Desde la radicación de la minera la Alumbrera en Catamarca hace más de 15 años, curiosamente, aparecieron distintos tipos de cáncer que afectan a gran parte de las ciudades aledañas a la explotación de la mina. Cada año, se registran cinco casos de cáncer óseo en niños en Andalgalá.

El procesamiento por contaminación contra La Alumbrera dictado por la Cámara Federal de Tucumán, en 2008, en un fallo muy valiente, puso en crisis todo el sistema de minería a cielo abierto y se realizó en base a una comunidad que presionó a los jueces por los daños físicos provocados por la contaminación (muerte de animales, plomo en sangre de los chicos, etcétera), además de la falta de agua en los valles donde se cultiva, a raíz del uso indiscriminado del agua. Luego, la Cámara de Casación Penal dictó un fallo de falta de mérito -dos votos contra uno-, declarando nulo el procedimiento. Esta causa penal lleva ya 12 años, y el 28 de marzo la presentaré ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para exponerla como un claro caso de vulneración del Pacto de San José de Costa Rica.

-Por lo visto, los escollos son muchos en materia de delito ambiental, ¿pudo lograr condenas concretas?

-Claro que es posible condenarlos. Por ejemplo, a los propietarios de un sanatorio, a tres años de prisión en suspenso, por la contaminación de un basural con residuos patogénicos. Y a un intendente, cómplice de una situación de contaminación a un año de prisión. Es posible condenarlos.

-Más allá del tema ambiental, ¿qué posibilidad tiene en la Argentina un fiscal para investigar seriamente al poder?

-Ninguna. Absolutamente ninguna si es como emergente de un juramento y mandato legal. La impunidad en Argentina sólo puede ser vencida por los fiscales de dos maneras: o con apoyo del propio Estado como ocurrió con los delitos de lesa humanidad a partir de que fue incluida en la agenda política por el doctor Néstor Kirchner o cuando tiene detrás del magistrado un apoyo militante de la sociedad que lo reinvidica como objetivo propio.

-Que el poder económico compra al poder político es un buen título, pero ¿qué evidencias puede ofrecer para apoyar esa conclusión?

-Lo he advertido cada vez que me ha tocado investigar algún caso de corrupción en obra pública. Por ejemplo, y por dar sólo uno pero hay otros), el caso «Lomas de Tafí», el del Plan Argentina Trabaja, o en los mismos delitos ambientales causados en nombre de la minería. Y en este sentido siempre digo que en el mundo la manera más efectiva de ganar dinero rápido y fácil es contaminando. A más contaminación más dinero. A más dinero, mayor corrupción; a mayor corrupción más impunidad y a más impunidad más dinero. Y así en una espiral ascendente del cual las empresas multinacionales y las ecomafias italianas han tomado debida cuenta.

-La afirmación sugiere un alto grado de corrupción en la administración de la Justicia.

-El problema de la corrupción en la administración de la Justicia es muy fuerte. Un juez del tribunal oral federal de Salta fue sorprendido en conversaciones telefónicas, grabadas por el Ministerio público, negociando con narcos su libertad. El juzgado federal de Catamarca hace diez años que está vacante, no se designa. Hay un juez suplente, que tiene una vinculación de parentezco con Alicia Kirchner.

Cuando vos estudiás la corrupción, te das cuenta de que el funcionario corrupto arma un entorno, que compromete a varios para que, en el caso de ser descubierto, varios caigan con él. De ese modo, también garantiza el silencio de sus cómplices. El hombre conserva mucha información y documentación. Tenemos el 20 por ciento de los jueces y fiscales designados a dedo, sin acuerdo del Senado de la Nación; no interviene el Senado.

-¿Qué relación hay entre contaminación y pobreza?

-Directa. Los terrenos contaminados, las márgenes de los ríos como el Riachuelo o el Salí en Tucumán están poblados de villas miserias porque son espacios físicos rechazados por las clases sociales más pudientes. Es además un detonante que agrava la pobreza porque genera un sinnúmero de enfermedades propias de la contaminación que los circunda y de la que no pueden defenderse.

Proclamo que los fiscales tenemos como «clientes» a las víctimas de los delitos. Y en materia ambiental, no hay una víctima más dolorosa, ni más sufriente que los pobres. Las áreas de contaminación ambiental no son ocupados por gente de clase media o alta sino por los más pauperizados. Además, no tienen acceso a la Justicia.

-Al principio de la entrevista hablábamos de las presiones para avanzar en las investigaciones, ¿usted las recibe?

-Sí, claro, pero no me gusta hablar de ello porque en materia de administración de justicia, donde se involucra el poder económico y político en un mismo platillo de la balanza, los magistrados son muy propensos a «atender teléfonos que nunca suenan». Esta censura casi inconsciente se basa en el miedo. Y hablar de presiones es dar pábulo a ese miedo.

MANO A MANO

Hace un tiempo, en el jardín de su casa tucumana, en Yerba Buena, apareció muerto su perro. Bueno, lo de «apareció muerto» quizá no sea la expresión más exacta: el perro había sido envenenado, algo que, teniendo en cuenta las causas que este fiscal ha investigado, podría hacer pensar, y de hecho lo hizo, en un mensaje mafioso, en una advertencia.

El fiscal Gustavo Gómez vive rodeado de mujeres: su esposa, de origen mapuche; tres hijas, su suegra y dos perras. Hasta su custodia es femenina. Y vive entre causas penales, presiones y reclamos ambientalistas. Por momentos, me hace acordar al ex fiscal Manual Garrido, que finalmente, maniatado, tuvo que renunciar. Aunque, entre ambos, hay una diferencia importante: el fiscal tucumano parece más desprotegido.

Sus empleados lo adoran; sus «mujeres» viven para él; para las ONG ambientalistas es casi un héroe, igual que para los indios quilmes, que viven en las zonas contaminadas; el Nobel de la Paz, que viene promoviendo la creación de un Tribunal Internacional para delitos ambientales, lo distingue (Gómez es el encargado de explorar las vías jurídicas para desarrollar esa propuesta).

Sin embargo, pienso, este hombre no puede ser perfecto. Algún lado oscuro debe tener. Se lo pregunto. «Ah, sí, tengo un problema con el ego; debo luchar contra él», confiesa. «¿Con el ego, con la necesidad de buscar reconocimiento por lo que hace?» Admite que sí.

Bueno, ahí la cosa cierra más. Perfecto no es. Pero en mi opinión, nada opaca una virtud que, por estas pampas, resulta tan necesaria: la decisión de investigar, con o sin miedo. No es poco en la Argentina. Ni en ninguna parte del mundo..

LA NACION

fuente: http://www.lanacion.com.ar/1455166-hay-impunidaden-materia-de-contaminacion

(186)Nace un megaproblema para la megaminería

fuente : http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-144528-2010-04-24.html

(185)Superior Tribunal de Justicia de Jujuy pone freno a la minería a cielo abierto en la Quebrada de Humahuaca

Argentina Jujuy
Jueves 15 de Abril de 2010 12:14
El Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Jujuy, resolvió a favor de los Vecinos de Tilcara y Juella, el «recurso de Inconstitucionalidad interpuesto contra el estado provincial» por el tema minero. De esta manera el máximo Tribunal de la pcia, dictaminó: «Revocar la sentencia dictada el 13 de abril del 2009 (expte B-193.302/08)» por el cual, el Tribunal Contencioso Administrativo de jujuy, había rechazado el recurso de amparo presentado por los vecinos autoconvocados de Tilcara.

Por Vecinos Autoconvocados de Tilcara contra la Minería a Cielo Abierto

La sentencia tiene fecha 23 de febrero 2010, pero recién fue dada a conocer el día 12 de abril. El dictamen del tribunal se basó en los argumentos expuestos por el Juez del Tribunal, Presidente de trámite, el Dr. Héctor Tizón. (Expte 6706/09).

En sus consideraciones el Juez Tizón: reconoció la plena vigencia del «principio precautorio» consagrado en el art. 4º de Ley General del Ambiente 25.675, del año 2002, que reglamenta el art.41 de la Constitución Nacional , que dispone que cuando haya peligro de daño grave e irreversible -como lo es la explotación minera a cielo abierto- se debe actuar a favor de la protección del medio ambiente. En este sentido no es necesario esperar que se produzca el daño, ya que el mismo resulta irreversible.

En este sentido fue mas a fondo y aseguró que «los daños causados al medio ambiente, una vez producidos, resultan en la práctica de casi imposible reparación»; …… «cabe presumir, hasta tanto se demuestre lo contrario, que por lo menos existe la posibilidad o el peligro cierto de que las tareas de las mineras en la zona produzcan contaminación, y conlleven un daño ambiental»;…….. «No es posible prescindir de la preservación del derecho a un ambiente sano y no contaminado, Derecho Humano Fundamental».

Apreciamos además que el Juez Tizón haya evocados otro conceptos importantes enmarcado en el derecho ambiental moderno, como él de «daños generacionales» «es decir aquellos que por su magnitud repercuten no sólo en la generación actual sino que sus efectos van a impactar en las generaciones futuras.

Tambien manifestó que: «Resulta un absurdo contrasentido permitir nuevas explotaciones, como las mineras a cielo abierto, en un territorio declarado Patrimonio Cultural y Natural de la Humanidad por la UNESCO en 2003, ya que ese título es revocable.» El Juez Tizón calificó de «papelón internacional», a esa posible revocación de la declaración de patrimonio de la Humanidad , asegurando además que la misma «causaría seguramente daños a la infraestructura turística ya realizada»

En el dictamen cuestionó fuertemente al Tribunal Contencioso Administrativo de Jujuy, conformado por los Jueces: Sebastián Damiano; Benjamín Villafañe y Luis oscar Morales, quienes a palabras de Tizón «desatendieron e ignoraron olímpicamente» la existencia de presuntos daños ambientales en 8 causas penales, asentadas en los Juzgados Federales Nº 1 y Nº 2 de Jujuy.

Por ultimo consideró que «la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo no se ajustó a derecho vigente y que por el contrario, adoleció del vicio de arbitrariedad, por ser incongruente y autocontradictoria.»
fuente : http://www.noalamina.org/mineria-argentina/mineria-jujuy/la-justicia-freno-la-mineria-a-cielo-abierto

(184) ¿Que sucede cuando la «Justicia» manda a callar a «su propia Justicia…»?

En un Pais con numerosos juicios a funcionarios publicos por «corrupcion»,»cohecho y trafico de influencias», «enrequecimiento ilicito» y crecientes pedidos de destitucion.

Y en el «año del Bicentenario» en que conmemoraremos a los heroes que dieron su vida por un Pais mejor.El Procurador General de la Nacion Esteban Righi «mantiene la inhabilitacion de realizar investigaciones» al Fiscal General Federal Gustavo Gomez.

¿Quien es este Fiscal? ¿Tiene juicios por enrequecimiento ilicito? no los tiene ¿tiene juicios por corrupto? no los tiene ¿tiene un pedido de destitucion ,por incumplimiento a los deberes de su funcion publica? no lo tiene

¿Este Fiscal es un heroe? por supuesto que no ! solo es un funcionario publico mas ,que como muchos solo hace su trabajo, pero en medio de tantos corruptos,ineptos y mancebos ; «marca la diferencia». Aunque para muchos «vecinos de a pie» ,incluso de varias provincias Argentinas donde no tiene jurisdicción , «es casi un heroe» porque en momentos en que sus elegidos funcionarios ejecutivos y legislativos no escucharon el reclamo de su pueblo , este Fiscal si lo hizo !           Se duda de sus investigaciones , cuando en todo caso se deberia dudar de los peritos que las llevan a cabo…de los que recogen las muestras y de los que las analizan …Pero si esos peritos son prestigiosos cientificos de las mejores Universidades del Pais  y cuyas voces no podran hacer callar… Deciden callar a este Fiscal por «atreverse a buscar esas pruebas…»

¿Que intereses afecta? Afecta intereses de Mineras Multinacionales Billonarias y de ricos empresarios Argentinos Corruptos ¿Esto es suficiente para inhabilitarlo? Parece que si…No se juzga aqui un fallo o una sentencia ; «solo un intento de hacer Justicia…»

¿Porque tanto escandalo por este Fiscal en el año del Bicentenario? ¡¡¡Porque el Bicentenario es una celebracion de «las voces», de «las ideas» y de «la Libertad…»!!!

Y si se afecta a un Fiscal por «develar procedimientos ilegales » de Empresas Multinacionales cuyos paises de origen no necesitan tener una Colonia para llevarse nuestros metales ,cuando les sale mas barato atravez de sus empresas y amparados «por nuestras brillantes leyes…» ( ley que los que se hacen llamar Patriotas y Guardianes del Bicentenario «no se atrevieron a cambiar en estos 7 años…» Y los Opositores al gobierno cuando eran minoria ,se afanaban de no poder cambiar este saqueo por «falta de votos…» ,mientras que «hoy» no presentaron un solo proyecto de ley que defienda los Ideales del Bicentenario…) Impedir investigar a un Fiscal es como impedir que un cirujano use su bisturi para estirpar  tumores malignos…

Cose la boca de Isis es dejarla «muda» cuando ya «era sorda»…Pero no podran coser todas las bocas, no podran vendar todos los ojos ni podran atar todas las manos !! El pueblo , la calle ; tiene voz propia!!! muchas veces de lenta reaccion , pero cuando se hastía y se cansa de tantos corruptos ,se levanta sin que nadie se lo ordene…!!!

Brindemos por este Bicentenario ; pero reconociendo «los cobardes que se llenaran la boca con la Historia de Heroes y Valientes  mientras siguen regalando nuestro Pais… Afanandose de ser «garantistas», garantistas de ricos empresarios extranjeros ,» Olvidandose de las garantias para con nuestros Porbres Nacionales»………….

A un fiscal también le llamaron la atención

Martes 9 de Marzo de 2010 | Una resolución del procurador general Righi.

A fines de febrero, el Consejo de la Magistratura de la Nación apercibió al camarista federal Raúl David Mender, como consecuencia de un intercambio de palabras que, en enero de 2008, el magistrado había mantenido con un abogado que se encontraba desempeñando funciones en la Secretaría Ad-Hoc de la Fiscalía General Federal. Antes que a Mender, en junio de 2009, el procurador general de la Nación, Esteban Righi, había efectuado un «severo llamado de atención» a Antonio Gustavo Gómez, titular de dicha Fiscalía General.

Por medio de la Resolución 42/09, Righi concluyó que no existían elementos suficientes que justificaran la iniciación de un sumario ni la apertura de la instancia correspondiente ante el Tribunal de Enjuiciamiento. Sin embargo, consideró que era conveniente «recomendarle (a Gómez) que, en lo sucesivo, adecue su actuar a las prescripciones legales relativas a la recepción de denuncias e iniciación de investigaciones preliminares, a los efectos de evitar posteriores y eventuales planteos de nulidad que deban ser resueltos por los órganos jurisdiccionales».

El origen había sido la presentación formulada contra Gómez por el abogado Carlos Miguel Gordillo. Según este, el fiscal general, al haber llevado a cabo una determinada investigación preliminar, incurrió «en una intromisión indebida en la competencia que la ley le otorgaba al fiscal de primera instancia» (se trataba de Carlos Brito).

Como consecuencia, se formó el Consejo Evaluador (integrado por cinco fiscales generales), en cuya opinión se basó Righi para llamarle la atención a Gómez.

fuente : http://www.lagaceta.com.ar/nota/368174/Politica/un_fiscal_tambien_llamaron_atencion.html

(181) Dictámen presentado por el Fiscal General ante la Corte Suprema de la Nacion (cortes de ruta por manifestantes)

DERECHO PROCESAL PENAL
Conflicto de competencia. Corte de rutas por manifestantes. Libre circulación de
vehículos. Delito en jurisdicción nacional. Competencia de la justicia provincial.
Para otorgar el conocimiento de la causa a la justicia de excepción, debe producirse la
efectiva interrupción del servicio público interjurisdiccional o de vías de comunicación
de esa índole, lo que no se ha verificado si los imputados no obstaculizaron el tránsito
vehicular, sino que sólo habrían procedido a impedir que cuatro camiones continuaran
su recorrido, obligándolos sólo a éstos, a detener su marcha al costado de la ruta.
«C , Federico J. si de¡a.».
S.C. Comp. 416, L. XLV
Suprema Corte:
La presente contienda negativa de competencia
suscitada entre el Juzgado Federal N° 1 Y el Juzgado de
Instrucción y de Menores, ambos de la provincia de Tucumán, se
refiere a la querella formulada por el apoderado de «M,
AL»,por la presunta comisión del delito previsto
en los artículos 194 y 149 ter, inciso 10, del Código Penal.
De las constancias incorporadas al expediente se
desprende, que las personas que integran la agrupación «Grupo
Ambientalista e Indigenista» -habitantes de la localidad de
Colalao del Valle- se hicieron presentes en la ruta nacional N°
40, portando palos y bombas molotov, e impidieron que cuatro
camiones de carga, que se desplazaban por la ruta procedente
desde Iquique, República de Chile, continuaran su marcha hasta
la minera «Bajo de la Alumbrera Llda.».
Por otra parte, también surge del legajo que, seIs
dias antes, dichas personas detuvieron la marcha de esos mismos
camiones -idénticas circunstancia de modo y lugar- los que
quedaron a la vera de la ruta para, de ese modo, permitir el libre
tránsito vehicular de los restantes automóviles, suceso éste que
motivó el inicio de una causa distinta, también ante la justicia
federal de Tucumán.
Esta última se inhibió para conocer respecto del
hecho descrito en primer término, con fundamento en que el
corte de la ruta nacional no afectó el tránsito vehicular, puesto
que entorpeció exclusivamente el libre traslado de cuatro
camiones de carga que se dirigían a la empresa minera, situada
en Catamarca.
En tal sentido, sostuvo que no se habrían
configurado ninguno de los supuestos previstos por los artículos
3′, de la Ley 48, y 33 del Código Procesal Penal de la Nación
(fs.33/34).
A raíz del recurso de apelación interpuesto por el
querellante contra esa resolución (fs. 42), la Cámara Federal de
Apelaciones de Tucumán la confirmó (fs. 63/64).
El juzgado local, a su turno, rechazó el planteo.
Para fundar esa decisión, sostuvo que el hecho ocurrió en una
ruta nacional de competencia exclusiva del Estado nacional, y
que, además, en aquélla sede se investiga la denuncia del hecho
ocurrido el 14 de agosto -seis días antes de la presente-o
En esa inteligencia, y ponderando los principios
constitucionales que resguardan las garantías relativas al doble
juzgamiento, devolvió las actuaciones al juzgado de excepción
(fs. 72/73), cuyo titular, tuvo por trabada la contienda y la elevó
a la Corte (fs. sin numerar).
Cabe observar, en primer término, que la cuestión
no ha sido correctamente planteada. pues, al haber confirmado la
Cámara la decisión del magistrado declinante, correspondía a ella
y no al juez mantener ese criterio (Fallos: 324:1547; 328:2559,
292] y 329:1924).
Por lo demás, V. E., tiene resuelto que para
otorgar el conocimiento de la causa a la justicia de excepción,
debe producirse la efectiva interrupción del servicio público
interjurisdiccional o de vías de comunicación de esa índole, lo
que no se ha verificado si los imputados no obstaculizaron el
tránsito vehicular, sino que sólo habrían procedido a impedir que
cuatro camiones continuaran su recorrido, obligándolos sólo a
‘.
• •
~·c , Federico J. sI dcia.».
S.C. Comp. 416, L. XLV
éstos, a detener su marcha al costado de la ruta (Fallos: 327:5168
y 328:28).
Sentado ello, opino que corresponde a la justicia
provincial conocer en la presente causa.
Buenos Aires- diciembre del año 2009.
———————

Dictámen que fue presentado por el Dr. Gonzalez Warcalde, Fiscal General ante la Corte Suprema de la Nacion en el caso en el que Minera La Alumbrera inició una querella contra los quilmeños y cafayateños cuando detuvieron los camiones de la empresa minera. Es un dictamen muy importante porque en el párrafo final descarta la posibilidad del delito de interrupción del tránsito en el caso de detener los cuatro camiones como se hizo (art.194 CP). Hay que esperar el fallo final de la Corte pero es de suponer que será en la misma línea. Será un duro golpe para aquellos como en este caso las empresas mineras, intendentes, gobernadores, etc., sostienen que es un delito este tipo de interrupciones y una lección que debe aprenderse para no incurrir en delitos cuando se apica un corte total.
Algunas lineas para que comprendan el dictamen:
1) Es un dictámen, no es un fallo o sentencia, pero es de suponer que la Corte resuelva lo mismo.
2) Se dictó en el caso de los camiones que estaban detenidos en Cafayate / San Pedro de Colalao   porque los jueces provinciales y federales se negaban a declararse competente. El Fiscal dice que es competencia provincial. Al mismo tiempo dice que no hay interrupción de tránsito. Es decir que marca una línea que seguramente tendrá en cuenta el juez provincial.
3) Los números que ven entre paréntesis sono referencias de fallos de la Corte Suprema donde la propia Corte ha dicho lo mismo

(164)Rechazo judicial a las retenciones mineras alentaría más inversiones

Rechazo judicial a las retenciones mineras alentaría más inversiones

Jueves 05 de Noviembre de 2009 22:21
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Un fallo a favor de una firma en Salta sentaría un precedente sobre el pago por exportaciones

Casi dos años después de la decisión de aumentar los derechos de exportación que pagan las mineras (entre un 5% y un 10%, según el caso), el Gobierno nacional acaba de recibir el primer revés de la Justicia que pone en peligro la validez jurídica de la medida. El golpe lo asestó la Cámara Federal de Salta, que falló a favor de FMC Minera del Altiplano (productora de litio) y obligó al Estado a retrotraer el nivel de las retenciones a los de octubre de 2007, antes de que se produjeran los aumentos. La novedad despertó alguna expectativa entre los empresarios mineros locales, ya que en caso de que el fallo siente un precedente permitiría que nuevos emprendimientos desembarquen en la provincia.

“Es un fallo de la Justicia salteña que, por el momento, sólo le concierne a un particular: FMC. Habrá que esperar para ver qué consecuencias genera en los demás juicios existentes a raíz de las retenciones”, advirtió Roberto Zenobi, de la Cámara de Empresarios Mineros.
Sin embargo, el directivo opinó que de hacerse extensiva esta medida a toda la actividad podría generar un clima más favorable en cuanto a inversiones. “Es que además de las prohibiciones que rigen en Mendoza, una de las trabas para que las inversiones lleguen a la actividad es el componente impositivo”, agregó Zenobi.
En este sentido, el directivo detalló que la actividad, si bien es beneficiada por un acuerdo de estabilidad fiscal que blinda por 30 años a cualquier proyecto, está gravada por impuestos provinciales y nacionales. “Una mina paga Ingresos Brutos, Ganancias, IVA, retenciones a la exportaciones, regalías, arrendamientos por la tierra, entre muchos otros gravámenes que achican la rentabilidad del negocio”, agregó Zenobi.
Por eso, el fallo que revoca una sentencia en contrario de una jueza subrogante salteña (el primero en todo el país que es favorable a una minera), podría sentar jurisprudencia en otros juicios similares todavía no resueltos. Eso es, al menos, lo que espera el resto de las compañías afectadas, entre las que se destaca Minera Alumbrera (controlada por la suiza Xstrata), la mayor productora local de cobre ubicada en Catamarca.
En concreto, la resolución judicial declara ‘inaplicables’ las resoluciones 130/07 de la Secretaría de Minería, que dirige Jorge Mayoral, y la 288/07 de la Secretaría de Comercio Interior, conducida por el polémico  Guillermo Moreno.
A través de esas normas el Gobierno eliminó las exenciones con las que contaban las mineras radicadas en el país antes de 2002, dado que todas las empresas -independientemente del año en que hayan empezado a trabajar- pasaron a pagar retenciones de entre el 5% y el 10%, según el tipo de mineral que exploten.
Sin embargo, el fallo favorable a FMC les abre esperanzas a 14 empresas que accionaron contra el Estado nacional por la violación de esa norma, como Bórax Argentina, Procesadora de Boratos Argentinos y Minera Alumbrera, entre otras.
Desde la Cámara de Empresas Mineras señalan que ordenar el esquema tributario del sector minero es fundamental para destrabar la realización de algunos grandes proyectos que están demorados precisamente por la incertidumbre impositiva.
fuente : http://www.ciudadanodiario.com.ar/index.php/economia/local/7149-rechazo-judicial-a-las-retenciones-mineras-alentaria-mas-inversiones.html

(140)La Corte Suprema Argentina garantiza el saqueo minero

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El Fisco Argentino decidió gravar con el impuesto a las ganancias las rentas que los socios o accionistas de determinadas sociedades, entre ellas las mineras, que perciban en concepto de dividendos o utilidades y se lo denominó «impuesto de igualación». Ahora la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina consideró que ese impuesto va en contra de la ley de estabilidad fiscal.

De acuerdo a la nefasta ley de inversiones mineras, el Estado se compromete a que las empresas que desarrollen actividades mineras no vean incrementada su carga tributaria por el plazo de 30 años. Ahora se espera una embestida de las mineras con los juicios planteados por el tema de la retenciones.

El Máximo Tribunal consideró que el impuesto de igualación va en contra de la ley de estabilidad fiscal que prohíbe aumentar la carga tributaria.

Los magistrados consideran que el gravamen genera una suba de la tasa efectiva que soportan las empresas en Ganancias.

Puntualmente, el Máximo Tribunal –en el marco de la causa que involucra a la compañía Cerro Vanguardia SA- determinó que el impuesto de igualación que recae sobre los accionistas va en contra de la ley de estabilidad fiscal.

De acuerdo a la norma bajo análisis, el Estado se compromete a que las empresas que desarrollen actividades mineras no vean incrementada su carga tributaria por el plazo de 30 años, contados a partir de la fecha de presentación del estudio de factibilidad de los respectivos proyectos.

Al respecto, la CSJN sentenció que si bien el gravamen en cuestión es soportado por los inversores, su implementación genera una suba de la tasa efectiva que afrontan las empresas del sector en el Impuesto a las Ganancias.

fuente : http://www.rebelion.org/noticia.php?id=89645

(134)Diputada de la Coalición Cívica exigió el cierre de los procesos penales contra las asambleístas que se oponen a la mega minería

 politica-justicia

images 1 de julio de 2009

 Suspensión de la declaración indagatoria a asambleístas de La Rioja

“Ante la evidente estrategia de persecución política por parte del gobernador Luis Beder Herrera, desde la Coalición Cívica exigimos el cierre total de los procesos penales contra las asambleístas de las localidades riojanas de Famatina y Chilecito que se oponen a la instalación de la mega minería en La Rioja”, señaló la diputada nacional Fernanda Reyes (ARI – CC). Reyes iba a presenciar la declaración indagatoria a la asambleísta Marcela Crabbe, en el Juzgado de Instrucción Nº 1 de Chilecito, que se iba a llevar a cabo mañana y fue “imprevista y sorpresivamente suspendida y postergada para la semana que viene por el juez Alfredo Ramos, sin claros motivos”. La declaración estaba enmarcada en el proceso judicial que les inició la justicia riojana a Crabbe y Carina Díaz Moreno por manifestarse pacíficamente, el 14 abril pasado, contra la explotación minera en el cerro Famatina, a cargo de la empresa canadiense Barrick Gold. “Con la actitud de la justicia provincial, quedó demostrado que se pretende acallar y amedrentar el accionar de las asambleas ambientalistas que se oponen a la instalación de la mega minería en La Rioja, mediante la acumulación de causas judiciales sin sustento legal. Es un disparate alargar esta situación. Este mecanismo perverso hace que las víctimas se conviertan en acusadas y que penda indefinidamente una suerte de “espada de Damocles” sobre la cabeza de los ambientalistas”, señaló Reyes, que la semana que viene viajará especialmente a La Rioja para apoyar y acompañar, en la declaración indagatoria, a Crabbe. Reyes, llevará una carta de la diputada electa y líder del Acuerdo Cívico y Social, Elisa Carrió, que expresa “su incondicional apoyo a la lucha y su absoluto repudio y desprecio a la persecución política que están sufriendo los vecinos de las ciudades riojanas de Chilecito y Famatina que se oponen a la instalación de la mega minería”.

M. Fernanda Reyes       Dip. Coalición Cívica – ARI

Lic. en Economía (UBA)     www.fernandareyes.com.ar

 

DOCUMENTOS DE TRABAJO / MINERIA

 

Veto a la “Ley de Presupuestos Mínimos ambientales de Protección de los Glaciares y Ambiente Periglacial”

Debe enmarcarse el presente informe en una actual coyuntura ambiental internacional que señala al agua como un recurso escaso, estratégico y codiciado. En el marco nacional, la ausencia de una Política Ambiental resulta cada vez más evidente, con una S

18/11/2008

 

Informe sobre mineria

Diagnostico de la cuestión minera en Argentina: Violaciones, irregularidades e impunidad en la actividad minera.

09/10/2008

 

 

(132)

 

(128) «Como hacer una denuncia penal»

 

Ley 26.395

Publicada en Boletin Oficial el 28 de agosto de 2008.-

ARTICULO 1°.- Modifícase el artículo 175 y agrégase el artículo 175 bis del Código Procesal Penal de la Nación, quedando redactados de la siguiente manera:

 Artículo 175: La denuncia presentada ante la policía podrá hacerse por escrito o verbalmente; personalmente, por representante o por mandatario especial. En este último caso deberá agregarse el poder. En el caso de que un funcionario policial reciba la denuncia en forma escrita comprobará y hará constar la identidad del denunciante.
Cuando sea verbal, se extenderá en un acta de acuerdo con el Capítulo IV, Titulo V, del Libro 1.
En el caso que la denuncia sea presentada ante la fiscalía o el juez la misma deberá ser escrita; personalmente, por representante o por mandatario especial. En este último caso deberá agregarse el poder, debiendo ser firmada ante el funcionario que la reciba, quien comprobará y hará constar la identidad del denunciante.
A los fines de comprobar su identidad, el denunciante podrá presentar cualquier documento válido de identidad.
Artículo 175 bis: Cuando la denuncia escrita sea presentada ante la policía, el funcionario que la reciba, luego de la comprobación de identidad señalada en el artículo 175 CPPN deberá colocar en el escrito un sello que acredite la hora y el día de la recepción, el nombre de la dependencia policial y el número de registro de la denuncia, pudiendo otorgarle una constancia de la presentación o firmando la copia, a pedido del denunciante.
En ningún caso se podrá rechazar la presentación de la denuncia, sin perjuicio del trámite judicial que ulteriormente corresponda».
ARTÍCULO 2°.- Comuniqúese al Poder Ejecutivo.

Por el «brillante cambio de la Honorable Camara de Legisladores de la Nacion » las denuncias a la Fiscalia o a el Juez (para que esta inicie las investigaciones correspondientes) «solo deben hacerse por escrito» y quedan excluidos los analfabetos que no pueden realizar la denuncia por escrito y menos con el lenguaje tecnico legal requerido….

denuncia

» Como hacer una denuncia penal»

 

Preparación, prueba y

presentaciòn

 

  PARTES DE UNA DENUNCIA:

1.Presentación

2.Motivo u Objeto de la denuncia

3.Prueba

4.Ley

5.Imputación

6.Petitorio

 7.Firma

  1.PRESENTACIÒN

  Presenta Denuncia

 Señor Fiscal:

Juan Perez, DNI 17.555.000, domiciliado en Las Piedras 565, 1er piso, Tucumàn, teléfono 54874254, correo electrónico juanperez@latinmail.com, al Sr. Fiscal me presento y digo:

  2. Motivo u Objeto

  OBJETO    

   En la ciudad de Humajuaca, de la provincia       de Jujuy un camión de la municipalidad recoge       todos los días la basura. No diferencia la       basura domiciliaria de la patogénica  producida       en el hospital, los consultorios médicos y veterinarios. Luego la arroja en el basural vecino al curso del rio quepasa por el lugar, río que sirve para dar agua a las comunidades y pobladores rurales de la zona.

No ecatimar detalles en la narracion del Motivo o Objetivo como si fuere una novela narrada por escrito

  3. PRUEBA

  PRUEBA

 a) Fotografíasy filmaciones Acompaño como prueba fotos  del momento en que se recoge la basura en los distintos lugares como así también del momento en que se tira la basura al rio,  las bolsas flotando, una de las bolsas abiertas en cuyo interior se ven jeringas algodones con sangre, placentas, etc. La persona que toma las fotografías se llama José Perez y vive en Casa01 del Barrio Yocabul, Humahuaca, pcia de Jujuy.

las fotos no deben estar modificadas por programas como el Photoshop y las filmaciones no deben estar «editadas» (solo grabaciones continuas) se recomienda mandar fotos representativas de la denuncia ya que con los tiempos de los magistrados ; se requiere menos tiempo evaluar la denuncia por las fotos y luego ampliar la informacion  con el  video

Adjuntar nombres de testigos que participaron en la grabacion de la prueba (en el lugar del hecho,pasarlo a una pc y luego grabarlo para presentarlo ante la fiscalia o el juzgado correspondiente)

  b) Testimoniales Ofrezco como testigos a los sres: 1)Domingo Perez domiciliado en la calle … que fue la persona que sacó las fotos. 2) Ceferino Tomez, domiciliado en….chofer del camión de residuos 

c) Documental Acompaño la orden escrita de la municipalidad que establece el lugar de destino de los residuos

 

 4. Ley penal

  Derecho El art. 55 de la ley 24.051 castiga con penas de prision al que contamina el aire el agua o la tierra con residuos o métodos identificados en sus anexos. El art. 56 amplia la imputación a los que obraren con negligencia. Entendemos que al menos uno de estos dos topos penales es aplicable a las conductas mencionadas en esta denuncia

Buscar en el codigo penal que ley no se esta cumpliendo con lo denunciado, (se adjunta esta informacion para demostrarse conocedores del Derecho y de sus Propios Derechos …)

5.  Responsables

  Imputados    Los autores materiales de este delito son los médicos y veterinarios que enumeramos por anexo separado identificados en su domicilio. También solicitamos se investigue al director del hospital y al intendente municipal Dr. Juan Cheque ya que como responsable de la recolección de residuos de nuestra ciudad no  discrimina la basura por su peligrosidad como lo dice la ley 24.051.

Aqui se detalla de poder identificarlos con todos sus datos ,sino el nombre del director ,presidente o encargado de la Empresa que se Denuncia lo mismo si fuere de competencia de la Administracion Publica Municipal ,provincial o Nacional  (sea Intendente ,Gobernador o Presidente)

Para que la denuncia no termine archivada para «la eternidad» se recomienda unir en el pedido 20 vecinos que realicen la misma denucia todos los dias habiles durante  un mes (Podran demorar este pedido un mes o dos  ,pero no tres con 20 denuncias penales por la misma causa…)

6.  Petitorio

  Por todo ello SOLICITO:

 1) Se reciba la presente denuncia y se requiera instrucción ante el Juez Federal

 2) Se me de participación como vícitma ya que el delito de contaminación me afecta como vecino del basural, haciéndome conocer los pasos importantes que reciba el procedimiento

3) Se ordenen las pruebas y se reciba declaración indagatoria a los imputados

PROVEER DE CONFORMIDAD, SERÁ JUSTICIA

7.Firma  

la denuncia debe estar firmada ,con su aclaracion y DNI (no se aceptan denuncias anonimas) La representacion de su denuncia (si es viable )la iniciara el Fiscal sea de jurisdiccion Provincial o Federal  ;

«sus clientes «como abogados del Estado son  ud., su vecino y cualquiera que habite el suelo Argentino o de cualquier Pais que se inicie la denuncia (repasando el Derecho Procesal Penal y el Derecho Penal de cada Pais)

(84) “si vos querés planchar a un magistrado activo, empapelalo a denuncias y demorale los trámites”…

 

   “Minería, pasteras y soja tienen en común que son impunes y que lucran con la salud pública”

   El jefe de fiscales federales del NOA, Antonio Gustavo Gómez, impulsó un centenar de causas por contaminación y fue fundamental para lograr, por primera vez, el procesamiento de un alto ejecutivo minero. Cuestiona las industrias extractivas, reconoce la impunidad de cuello blanco y denuncia que quieren destituirlo.

entrevista_al_fiscal_gomez (word) <- clic aqui para ver la entrevista completa

-¿Cómo repercutieron esos pedidos de destitución?

   -Coayudaron a que no realice más investigaciones preliminares. Además, el procurador general de la Nación firmó una resolución en 2007, la 121, en donde reguló las investigaciones preliminares, acortó el plazo de la investigación a 60 días y a los fiscales de Cámara nos dejó el rol de controlar a los fiscales de primera instancia. Todo esto no ayuda a hacer investigaciones preliminares. Todo jugó muy en contra porque en Tucumán llevábamos más de cien causas de contaminación ambiental, investigamos ingenios, citrícolas, mineras, hospitales, frigoríficos, basurales y sanatorios.

 

(74) Libro Recomendado.»Codigo de Mineria Comentado»

Se eligio este libro por ser el mas actual en el tema ;edicion 2004 (los codigos de mineria comentados generalmente no pasan de la decada del 90′ )

Contenido: «En esta obra, el Dr. Eduardo A. Pigretti comenta el Código de Minería de la Nación (en su versión actual son todas sus reformas). El desarrollo de los comentarios tiene un enfoque práctico, que permite resolver rápidamente las dudas que plantea la comprensión de las normas.

Para quienes visitan esta pagina , se recomienda buscar un Codigo Minero Comentado de su Nacion, alli encontraran en forma muy desarrollada y mas clara los pasos de la Relacion: Empresas Mineras y Gobierno con sus Derechos y «Obligaciones a Cumplir…»

info del autor : http://www.sicytar.secyt.gov.ar/busqueda/prc_imp_cv_int?f_cod=0000648183

donde comprarlo y precio : http://www.laley.com.ar/laley/products/showproduct.axx?productId=629&categoryId=34

(32)1ºfallo Penal a una Minera en Latinoamerica: contra Minera Alumbrera por contaminación

1ºfallo Penal a  una Minera en Latinoamerica  

       contra :    MINERA LA  ALUMBRERA Ltda.              

                                    Resuelve:

I-revocar la resolucion venida en apelacion ,disponiendo el procesamiento sin prision preventiva de julian Patricio Rooney en su calidad de Gerente comercial y legal y de asuntos corporativos y Vice presidente de la empresa Minera la  Alumbrera Ltda. como presunto autor penalmente responsable del delito de contaminacion peligrosa para la salud previsto y penado en el art. 55 de la ley 24.051 en funcion del art. 57 de dicho texto legal .(art.308 C.P.P.N.)

      fuente: www.fiscaliagraltucuman.gov.ar/Medio_Ambiente.htm


para ver el fallo completo  hacer clic -> gonzalezjuan (pdf)

 

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Los dueños del negocio
Alumbrera está gerenciada por Xstrata Plc (con base en Suiza), que tiene el 50% del paquete accionario. Y las empresas canadienses Goldcorp Inc y Northern Orion Resources Inc con el 37,5% y el 12,5% respectivamente.
Los derechos de explotación y exploración del yacimiento, corresponden al YMAD (Yacimientos Aguas de Dionisio), formado por Ley Nº14771. poEl YMAD está integrado por representantes del Poder Ejecutivo Nacional, el gobierno de Catamarca y la Univ. Nac. de Tucumán. El YMAD, forma con Alumbrera una Unión Transitoria de Empresas.
fuente : www.prensacontrapunto.com.ar
http://www.diariopanorama.com/diario/noticias/2008/05/30/a-20492.html

http://www.lagaceta.com.ar/vernota.asp?id_nota=274081

http://www.primerafuente.com.ar/nota.asp?id_seccion=2&seccion=&id_nota=42625

(24)fiscalia federal imputa a minera alumbrera

                                                 

Para ver las presentaciones de la fiscalia sobre minera alumbrera ; visite el sitio: www.fiscaliagraltucuman.gov.ar/Medio_Ambiente.htm

Un fiscal imputa por contaminación ambiental a la mina La Alumbrera

“Por el puerto de San Lorenzo salen oro y cobre sin contabilizar”, dijo el fiscal Antonio Gómez.

 

 

Antonio Gustavo Gómez es fiscal general de Justicia federal de la Jurisdicción 15, que incluye tres provincias: Tucumán, Catamarca y Santiago del Estero. Patagónico, santacruceño, se formó en Chubut, pero en 2001 ganó un concurso y pudo elegir un destino, y eligió Tucumán «porque es el lugar del país con mayor tasa de delitos que trata la Justicia federal (drogas, medioambiente, contrabando, entre otros)», explicó a La Capital, en una entrevista exclusiva en su despacho de la ciudad de San Miguel de Tucumán.

   Con la ayuda de pobladores afectados, organizaciones no gubernamentales e investigadores particulares, Gómez se interesó en investigar delitos de contaminación. Lleva adelante una imputación contra la mina La Alumbrera, de Catamarca, que habría producido graves episodios de contaminación, tanto en Catamarca como en Tucumán y en Santiago del Estero, provincias que recorre el concentrado extraído del suelo argentino. Para luego exportarse desde puertos santafesinos al mundo.

   —¿Qué lo llevó a investigar al hermético tren?

   —Me vinieron a ver dos jubilados santiagueños. Ellos conocían datos del tren. Por ejemplo, el concentrado que transporta el tren (con minerales) no sólo contenía cobre. Sospechaban que podía afectar la salud humana porque los guardias no permiten en las paradas del tren que alguien se acerque a los vagones.

   —¿Y qué hizo?

   —Pedí informes a Gendarmería para determinar la calidad del agua en el canal DP2 (que transporta el agua que desecha la planta de secado del concentrado, en Tucumán, que baja a Santiago y termina en el sistema del Paraná), y me informaron que había un grado de contaminación importante. Por encima de los niveles máximos que permite la ley nacional y tratados internacionales. Eso es delito.

   —Sucede que la provincia de Tucumán dictó una resolución que autoriza niveles de contaminación muy superiores a lo indicado en convenios internacionales. Son patrocinantes de la contaminación.

   —Ellos dicen que lo hicieron porque «les interesa dar trabajo a la gente». Yo les digo que, con ese criterio, podrían ir a Bolivia, comprar cocaína, dictar un decreto que autorice a venderla en Tucumán, y entonces montar una empresa muy rentable que seguramente podría dar mucho «trabajo a la gente».

   —Podrían decirle que la cocaína es más peligrosa que contaminar el agua y el aire.

   —Y es falso. Porque la cocaína podría dañar a una franja minoritaria de la sociedad, pero el 100% de la población consume contaminación.

   —¿Cómo descubrió el presunto contrabando en el puerto exportador privado de La Alumbrera en San Lorenzo, a 15 minutos de Rosario?

   —Además de la causa de contaminación contra La Alumbrera —que hace tres años espera una resolución de la Cámara, en la Justicia federal de Tucumán—, también descubrimos que la Aduana de San Lorenzo (donde se embarcan las cargan que se exportan) no controla qué tipo de minerales salen del país ni la cantidad de cada uno.

   —¿Y los permisos de embarque de Aduana de San Lorenzo?

   —Para mi sorpresa veo que los permisos de embarque, algo básico de cualquier aduana, son cumplimentados (tipo de materiales y cantidades despachado de cada material) por el que recibe la carga en destino (Canadá y Holanda, entre otros destinos). O sea que el cobre, oro y decenas de otros minerales sumamente valiosos que se extraen en Catamarca y se exportan desde Santa Fe al mundo, no son contabilizados en la Aduana. El país queda a merced de comprador impuestos por lo que el comprador dice que recibió. La Aduana manda el permiso «a controlar», y desde Holanda luego dicen «tantas toneladas de oro y de cobre».

   —Algo así como «llévelo todo y pague lo que quiera».

   —Insólito, pero funciona así por un beneficio extraordinario que les otorgó el director general de la Aduana cuando empezó a funcionar La Alumbrera, en 1997. La Alumbrera exporta de dos formas, por un lado lingotes de oro que se procesan directamente en la mina, en Catamarca, que salen vía aérea, y los barros (concentrado de cobre), que sale por el mineraloducto desde la mina hasta Tucumán, luego en tren hasta el puerto de San Lorenzo y a los barcos con distintos destinos en el mundo.

   —Usted investigó el contenido del concentrado que llega en tren hasta la Aduana de San Lorenzo. ¿Qué encontró?

   —Le pedí ayuda a Gendarmería, y lo hicieron muy bien. Secuestraron parte del material y lo hicieron analizar. Además de cobre y oro, encontramos muchos otros minerales sumamente valiosos, que ni siquiera están men cionados por la empresa. Yo comuniqué al procurador general de la Nación (Esteban Righi, jefe nacional de los fiscales), él se lo pasó al fiscal general de Rosario ( jurisdicción nº 12) y se abrió una causa por contrabando.

—Acreditados esos elementos es dificil entender cómo la Justicia no logró interrumpir este proceso, luego de 11 años, desde que la minera empezó a producir.

  —Habría que buscar la explicación en que la multinacional La Alumbrera está asociada con una empresa minera de origen argentino, llamada YMAD, que integran a su vez la provincia de Catamarca y la Universidad Nacional de Tucumán. Curiosamente, cuando yo tomé esta causa en 2003 (con 6 años de vigencia de la explotación), YMAD, la provincia de Catamarca y la Universidad de Tucumán no habían recibido ni un peso. La Alumbrera tienen una amplísima gama de beneficios fiscales que le permiten hacer pasar por pasivos lo que es una inversión en activos. Con este ardid cerraron balances en negativo durante años. Y ahí se abrió una investigación por presunta defraudación al Estado nacional y a la Universidad Nacional de Tucumán.

http://www.lacapital.com.ar/contenidos/2008/05/18/noticia_5742.html
http://www.lacapital.com.ar/contenidos/2008/05/18/noticia_5744.html
http://www.lacapital.com.ar/contenidos/2008/05/13/noticia_5510.html