Archive for febrero 2010

[183] ¿porque no se defiende la «soberania interna» con la misma intensidad para sacar a empresas mineras britanicas ?que «hoy saquean nuestro pais»en nuestras propias narices y nadie dice nada…

DIPLOMACIA BIPOLAR

Eslabón perdido entre las Malvinas y las mineras

Crítica de la Argentina descubrió el vínculo accionario entre las empresas que buscan crudo en las islas y las que extraen minerales en la cordillera.

La plataforma británica Ocean Guardian llegará el próximo viernes a las aguas que rodean a las islas Malvinas envuelta en un remolino de cruces diplomáticos y advertencias judiciales. Pocos días después, empezará las perforaciones en busca de crudo, contratada por tres empresas: Falkland Oil & Gas, Desire Petroleum y Rockhopper. Una cuarta compañía también tiene concesionada otra área para explorar en la zona, pero aún no definió cuándo lo hará: se trata de Borders & Southern Petroleum. A través de un repaso por la composición accionaria de las cuatro firmas, Crítica de la Argentina descubrió que las compañías tienen fuertes intereses en la Argentina. Ayer, una fuente del Gobierno admitió que podría usarse esa información para aplicar sanciones económicas.

Dos de las cuatro firmas –Desire Petroleum y Borders & Southern Petroleum– tienen como accionista al banco Barclays, designado por Amado Boudou para la reapertura del canje de la deuda, que, a su vez, forma parte de una de las principales empresas que operan en el país, Minera Alumbrera. Se trata de la décima empresa en el ranking de exportadores de 2009 y su principal yacimiento se encuentra en Catamarca.

Otra –Falkland Oil & Gas– tiene atrás a la mayor minera del mundo, la australiana BHP Billiton, que a su vez busca desde 2008 cobre y oro en 40 mil hectáreas en Salta. La restante –Rockhopper Exploration, de capitales alemanes– es asesorada por un banco de fuerte presencia en nuestro país, como el HSBC.

Se sospecha, además, que es probable que alguna de ellas pueda tener otros inversores no visibles. La página web de Desire Petroleum, por ejemplo, aclara que la compañía tiene apenas seis empleados. “La escasa cantidad de recursos técnicos hace suponer que puedan estar detrás de estas empresas Shell o British Petroleum, que ya hicieron sus investigaciones en ese mismo mar en 1998”, apunta Mario Cafiero. El ex diputado de la Nación denunció penalmente, pocos días atrás, al ministro de Economía por haber designado al banco inglés Barclays Bank PLC como coordinador global para la reapertura de la deuda. La entidad financiera es el principal accionista de Desire Petroleum y tiene un porcentaje de BlackRock, el segundo capital de Xstrata –que explota Minera Alumbrera en Catamarca– y una de las compañías controlantes de Borders & Southerns, otras de las concesionarias que obtuvieron un permiso del gobierno de los kelpers.

El gobierno argentino hace más de dos años que intenta interferir y desalentar en la exploración de petróleo en las islas. En 2007, por medio de una resolución, dio por terminada la declaración conjunta argentino-británica de 1995 y, de esa forma, quedó abierta la puerta para castigar con multas a las empresas que busquen oro negro en las islas y, a su vez, actúen en el país. Un funcionario le aseguró a este diario que se está estudiando el marco de jurisprudencia para avanzar en esta idea. Ayer, por lo pronto, se avanzó en la articulación de un sostén legal a esos fines. Pudo haber sido el primer paso. Aníbal Fernández informó que se decretó que todo buque o artefacto naval que quiera transitar entre puertos ubicados en el territorio continental argentino y otros de las islas Malvinas y Sandwich del Sur, o atravesar aguas argentinas hacia ese destino o cargar mercadería entre estos puertos, deberá solicitar una autorización previa al Gobierno.

En la Casa Rosada saben que es difícil que la confrontación con el Reino Unido por el tema de las islas Malvinas genere críticas en la oposición (y en caso de que surjan, saben que no serán bien recibidas por la opinión pública). También, que no se pueden quedar quietos y permitir que otras fuerzas políticas hagan de este tema una bandera propia (por eso se ensayan, desde hace algunas semanas, posiciones enérgicas). Necesitan sostener el enfrentamiento para argumentar su reclamo de soberanía en los foros internacionales. Y, por fin, no tienen duda –por más que sea inconfesable– de que si aparece petróleo es virtualmente imposible que algún día las islas dejen de llamarse en los mapas del resto del mundo Falklands. Los más optimistas creen que en las profundidades del mar que rodea a las islas se pueden esconder 60 mil millones de barriles de petróleo de alta calidad. Es mucho: las reservas probadas de la Argentina son de unos 2.600 millones de barriles. Las primeras exploraciones en la zona norte de ese mar fueron en 1998. Estuvieron a cargo de un grupo de grandes petroleras –entre ellas, Shell–, que hicieron seis perforaciones. Por esos días, la inversión les resultó inviable. Desde el año 2000, cuatro compañías esperan el momento indicado para hacer un segundo intento.

fuente : http://criticadigital.com/index.php?secc=nota&nid=37781

(182) Catamarca: una pueblada obligó a un juez a frenar la actividad de una mina

Ambientalistas que se oponen a la minería a cielo abierto fueron reprimidos.

 

Catamarca: una pueblada obligó a un juez a frenar la actividad de una mina

“Hasta tanto se prohíba la explotación a cielo abierto” y de todo emprendimiento minero a futuro los ambientalistas de Andalgalá, provincia de Catamarca, seguirán manifestándose en las vías de acceso al yacimiento de la empresa Agua Rica pese a los episodios de violencia y represión vividos el pasado lunes en esa ciudad.

Según el diario local El Ancasti, a partir de las 19 de este martes, asambleístas y pobladores se concentraban nuevamente en el centro de la localidad catamarqueña en protesta por la contaminación ambiental de la compañía y para determinar los nuevos pasos a seguir luego de los ataques policiales perpetrados tras la orden de desalojo de la fiscal Martha Graciela Nieva.

Dirigentes de las asambleas Autoconvocadas por la Vida de La Rioja anunciaron este martes que se sumarán a la resistencia de Andalgalá, “a pesar de que nos alertaron que nos podía suceder algo en la ruta, porque nos iban a estar esperando”, explicó Marcela Crabble, asambleísta de Chilecito.

Según los manifestantes, la policía de Catamarca y Gendarmería Nacional expulsó el lunes a la asamblea permanente establecida desde el 14 de diciembre a la vera del camino de Chaquiago, ubicado a 5 kilómetros al norte de Andalgalá, y reprimieron a los pobladores que bloqueaban a vehículos mineros, acto que dejó varios heridos, entre ellos niños y mujeres, y unas cincuenta personas apresadas.

Como consecuencia de los desmanes, el juez de Minas de Catamarca, Guillermo Raúl Cerda, resolvió este martes la suspensión «hasta nuevo aviso» de las actividades de la empresa, y notificó que esta última se manifestó “de acuerdo con la resolución para traer calma a la sociedad andalgalense”, informó la agencia de noticias DyN.

Por su parte, el subsecretario de Seguridad de la Provincia, Luis Baracat, sostuvo que personal policial tenía la misión de preservar el orden y no reprimir ante el caos producido ayer.

INCIDENTES.
Enzo Acuña, integrante de la Asamblea Socio Ambiental de Catamarca, contó a Crítica de la Argentina que el lunes “los vecinos que no podían pasar para el pueblo de Chaquiago volvieron a la ciudad de Andalgalá y comenzaron a concentrar en la plaza hasta alcanzar las 200 personas, pero se armó el desmadre cuando, cerca de las cinco de la tarde, la policía empezó a desalojar brutalmente a la gente”.

Pese al desalojo, más personas comenzaron a acercarse a la plaza y a las 20 horas la concentración alcanzaban las cuatro mil manifestantes. Entre balas de goma y gases lacrimógenos “la gente comenzó a destrozar y prender fuego algunos sectores de la Municipalidad”, en reclamo de la renuncia del Intendente José Perea, así como también las oficinas de la minera Agua Rica y comercios de proveedores mineros.

A la medianoche, según relató Acuña, “el municipio cortó la luz y comenzó la balacera, el desalojo fue brutal, la policía disparó a mansalva sobre mujeres y niños que estaban en la plaza. Había vecinos ensangrentados y la policía impedía a los médicos que asistan a los heridos”, relató el asambleísta. Recién entre las dos y las tres de la madrugada los vecinos pudieron retornar a sus casas.

Los pobladores denunciaron que entre los demorados se encuentran varios menores de edad y que los heridos ingresados al hospital sumarían unos 70. “Hay un chico menor de edad –de 16 años de apellido Paz- trasladado al hospital de Catamarca con heridas graves de balas de goma”, aseguró Acuña.

Al mediodía, los detenidos en Andalgala y Chaquiago habían comenzado a ser liberados, en tanto cuatro asambleístas fueron acusados por la fiscal Martha Nieva por los delitos de “amenaza simple, lesiones leves y daño en concurso real, además de entorpecimiento del funcionamiento del transporte terrestre”.
fuente: http://www.criticadigital.com/index.php?secc=nota&nid=37758

(181) Dictámen presentado por el Fiscal General ante la Corte Suprema de la Nacion (cortes de ruta por manifestantes)

DERECHO PROCESAL PENAL
Conflicto de competencia. Corte de rutas por manifestantes. Libre circulación de
vehículos. Delito en jurisdicción nacional. Competencia de la justicia provincial.
Para otorgar el conocimiento de la causa a la justicia de excepción, debe producirse la
efectiva interrupción del servicio público interjurisdiccional o de vías de comunicación
de esa índole, lo que no se ha verificado si los imputados no obstaculizaron el tránsito
vehicular, sino que sólo habrían procedido a impedir que cuatro camiones continuaran
su recorrido, obligándolos sólo a éstos, a detener su marcha al costado de la ruta.
«C , Federico J. si de¡a.».
S.C. Comp. 416, L. XLV
Suprema Corte:
La presente contienda negativa de competencia
suscitada entre el Juzgado Federal N° 1 Y el Juzgado de
Instrucción y de Menores, ambos de la provincia de Tucumán, se
refiere a la querella formulada por el apoderado de «M,
AL»,por la presunta comisión del delito previsto
en los artículos 194 y 149 ter, inciso 10, del Código Penal.
De las constancias incorporadas al expediente se
desprende, que las personas que integran la agrupación «Grupo
Ambientalista e Indigenista» -habitantes de la localidad de
Colalao del Valle- se hicieron presentes en la ruta nacional N°
40, portando palos y bombas molotov, e impidieron que cuatro
camiones de carga, que se desplazaban por la ruta procedente
desde Iquique, República de Chile, continuaran su marcha hasta
la minera «Bajo de la Alumbrera Llda.».
Por otra parte, también surge del legajo que, seIs
dias antes, dichas personas detuvieron la marcha de esos mismos
camiones -idénticas circunstancia de modo y lugar- los que
quedaron a la vera de la ruta para, de ese modo, permitir el libre
tránsito vehicular de los restantes automóviles, suceso éste que
motivó el inicio de una causa distinta, también ante la justicia
federal de Tucumán.
Esta última se inhibió para conocer respecto del
hecho descrito en primer término, con fundamento en que el
corte de la ruta nacional no afectó el tránsito vehicular, puesto
que entorpeció exclusivamente el libre traslado de cuatro
camiones de carga que se dirigían a la empresa minera, situada
en Catamarca.
En tal sentido, sostuvo que no se habrían
configurado ninguno de los supuestos previstos por los artículos
3′, de la Ley 48, y 33 del Código Procesal Penal de la Nación
(fs.33/34).
A raíz del recurso de apelación interpuesto por el
querellante contra esa resolución (fs. 42), la Cámara Federal de
Apelaciones de Tucumán la confirmó (fs. 63/64).
El juzgado local, a su turno, rechazó el planteo.
Para fundar esa decisión, sostuvo que el hecho ocurrió en una
ruta nacional de competencia exclusiva del Estado nacional, y
que, además, en aquélla sede se investiga la denuncia del hecho
ocurrido el 14 de agosto -seis días antes de la presente-o
En esa inteligencia, y ponderando los principios
constitucionales que resguardan las garantías relativas al doble
juzgamiento, devolvió las actuaciones al juzgado de excepción
(fs. 72/73), cuyo titular, tuvo por trabada la contienda y la elevó
a la Corte (fs. sin numerar).
Cabe observar, en primer término, que la cuestión
no ha sido correctamente planteada. pues, al haber confirmado la
Cámara la decisión del magistrado declinante, correspondía a ella
y no al juez mantener ese criterio (Fallos: 324:1547; 328:2559,
292] y 329:1924).
Por lo demás, V. E., tiene resuelto que para
otorgar el conocimiento de la causa a la justicia de excepción,
debe producirse la efectiva interrupción del servicio público
interjurisdiccional o de vías de comunicación de esa índole, lo
que no se ha verificado si los imputados no obstaculizaron el
tránsito vehicular, sino que sólo habrían procedido a impedir que
cuatro camiones continuaran su recorrido, obligándolos sólo a
‘.
• •
~·c , Federico J. sI dcia.».
S.C. Comp. 416, L. XLV
éstos, a detener su marcha al costado de la ruta (Fallos: 327:5168
y 328:28).
Sentado ello, opino que corresponde a la justicia
provincial conocer en la presente causa.
Buenos Aires- diciembre del año 2009.
———————

Dictámen que fue presentado por el Dr. Gonzalez Warcalde, Fiscal General ante la Corte Suprema de la Nacion en el caso en el que Minera La Alumbrera inició una querella contra los quilmeños y cafayateños cuando detuvieron los camiones de la empresa minera. Es un dictamen muy importante porque en el párrafo final descarta la posibilidad del delito de interrupción del tránsito en el caso de detener los cuatro camiones como se hizo (art.194 CP). Hay que esperar el fallo final de la Corte pero es de suponer que será en la misma línea. Será un duro golpe para aquellos como en este caso las empresas mineras, intendentes, gobernadores, etc., sostienen que es un delito este tipo de interrupciones y una lección que debe aprenderse para no incurrir en delitos cuando se apica un corte total.
Algunas lineas para que comprendan el dictamen:
1) Es un dictámen, no es un fallo o sentencia, pero es de suponer que la Corte resuelva lo mismo.
2) Se dictó en el caso de los camiones que estaban detenidos en Cafayate / San Pedro de Colalao   porque los jueces provinciales y federales se negaban a declararse competente. El Fiscal dice que es competencia provincial. Al mismo tiempo dice que no hay interrupción de tránsito. Es decir que marca una línea que seguramente tendrá en cuenta el juez provincial.
3) Los números que ven entre paréntesis sono referencias de fallos de la Corte Suprema donde la propia Corte ha dicho lo mismo